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Si has oído que me puedo jubilar a los 55 años, solo tienes que leer este artículo y te quedará claro si puedes o no puedes jubilarte a los 55 años.
Ya te digo que como norma general, no podrás jubilarte a los 55 años en España, pero siempre existen excepciones entre los que te puedes encontrar, además existe otra posibilidad que aunque no es lo mismo si puede ser de gran ayuda para prejubilarte a los 55 años
La mayoría de los trabajadores sueña con poder jubilarse antes de los 65 años, cosa que cada vez está más complicada por las distintas reformas.
Cualquiera puede ver que no se debería de igualar la edad de jubilación de un albañil y una persona que trabaje de administrativo por ejemplo, por motivos obvios.
Entonces, ¿Me puedo jubilar a los 55 años?
Como norma general, NO podrás jubilarte a los 55 años.
No podrás jubilarte a los cincuenta y cinco años en España a no se que estés en estos colectivos de trabajadores y cumplas el resto de condiciones que puedes ver aquí.
Como puedes ver alguno de los profesionales taurinos pueden jubilarse a los 55 años con otras condiciones y el resto podrán jubilarse antes de la edad mínima de jubilación con condiciones y penalizaciones.
Si estas entre estos colectivos para tener toda la información pásate por la web oficial de la seguridad social.
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Si no puedo jubilarme a los 55 años, ¿Cuándo puedo jubilarme?
Ya que no podemos jubilarnos a los 55 años como norma general, si que tenemos varias opciones para jubilarnos lo antes posible, dejando aparte convenios privados de sectores o empresas.
Edad de Jubilación Legal
A muy pesar nuestro cada reforma nos suben los años en lo que podemos jubilarnos, con la táctica conocida por todos y en todas las épocas, la del miedo, no se van a poder pagar, van a desaparecer, el modelo no funciona ….,etc.
Se ve que a los políticos, da igual el color, no se les ocurre ninguna fórmula para gestionar bien el dinero público y no dilapidarlo antes de las elecciones como hacen todos.
No tienen responsabilidades hagan lo que hagan y a no ser que roben con camiones no se les coge y ni aún así en muchos casos.
Bueno vamos a lo que nos interesa y no nos queda otra que aceptar y es la edad de jubilación que actualmente está en vigor.
Puedes ver en este artículo las tablas de jubilación según años cotizados.
Año | Periodos cotizados | Edad de jubilación |
2022 | 37 años y 6 meses o más Menos de 37 años y 6 meses | 65 años 66 años y 2 meses |
2023 | 37 años y 9 meses o más Menos de 37 años y 9 meses | 65 años 66 años y 4 meses |
2024 | 38 años o más Menos de 38 | 65 años 66 años y 6 meses |
2025 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 8 meses |
2026 | 38 años y 3 meses o más Menos de 38 años y 3 meses | 65 años 66 años y 10 meses |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más Menos de 38 años y 6 meses | 65 años 67 años |
Jubilaciones Anticipadas
En estos enlaces puedes ver las distintitas clases o posibilidades de jubilarte antes de la edad legal establecida actualmente.
Subsidio por desempleo para mayores de 52 años, ¿Prejubilación a los 55 años?
Realmente esto no tiene nada que ver con la jubilación, aunque muchos hemos oído que estoy cobrando la paguica, la prejubilación, etc, aunque en realidad lo que han solicitado es este subsidio que hasta hace muy poco no se podía solicitar hasta los 55 años, pero que ha sido modificado hace poco.
Para cobrar este subsidio hay que cumplir unos requisitos que resumidamente son los siguientes (para más información aquí).
- Estar en desempleo.
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 años o más.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
- Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúne todos los requisitos.
Lo que se cobra en este subsidio, es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que es 965 € mensuales siendo 14 pagas, vamos que hay dos extras y al año se cobraría 13.510 €.
Si eres de los afortunados que puedes dejar de trabajar a los 55 años, solo te queda hacer los trámites y a disfrutar de la vida que seguro que te lo has ganado y bastante más que los que nos quieren convencer «que tenemos que trabajar hasta morirnos».
Licenciado en Económicas en la Universidad de Castilla La Mancha, apasionado del Sistema Financiero y especializado en finanzas personales.
Redactor de Contenidos, nuestra vocación ayudarte.