Tabla de Contenido
El embargo de cuenta bancaria por orden judicial se produce cuando el Tribunal o el Juzgado correspondiente entrega el dinero generado por el embargo.
Embargar la cuenta del banco por orden Judicial es un sistema muy utilizado para ejecutar deudas en el ordenamiento jurídico Español.
Se concluye que una cuenta bancaria se embarga a raíz de que el Juzgado o el Tribunal emite la orden de embargo.
¿Qué es el embargo de cuentas bancarias por Orden Judicial?
Atendiendonos al derecho civil, una deuda sólo es un incumplimiento de contrato.
Pero se tiene que tener en cuenta que el acreedor (a quien se le debe la deuda) también tiene derecho a cobrar o percibir lo que le corresponde.
Si el deudor no puede o no quiere pagar, solo queda ir a los Juzgados.
Tras emitir sentencia el Juez, si el deudor no la acata, el acreedor puede exigir mediante a través de la vía de ejecución de bienes el pago de dicha deuda.
El embargo de la cuenta bancaria es una forma de ejecutar los bienes.
También las Administraciones públicas (Ayuntamientos, Seguridad Social, Hacienda..) tienen la potestad de proceder al embargo de una cuenta directamente.
Existen dos tipos de embargos de cuenta bancaria corriente:
- Embargo judicial.
- Embargo administrativo.
La norma general, para el embargo en la cuenta bancaria es que es uno de los primeros procesos de ejecución de bienes.
Ya que lo que se trata al Embargar una cuenta bancaria por Orden Judicial es incautar dinero líquido, evitando tiempo y procedimientos al vender bienes.
Todo el proceso es realiza de forma telemática mediante una aplicación de los Juzgados.
Cuando se realiza un embargo de cuenta corriente por Orden Judicial se retiene y extrae el saldo de la cuenta del deudor, hasta saldar la deuda.
En resumen, es un bloqueo de fondos de la cuenta por parte del banco, para retirar el saldo correspondiente de dinero hacia la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del órgano judicial competente y, como paso final, que acabe en manos de los acreedores o del acreedor.
Al hablar de Administraciones Públicas, el proceso es casi análogo.
La diferencia es que se incauta a favor del organismo público que requiere la deuda contraída por el acreedor (por ejemplo, no pagar el IBI del Ayuntamiento).
¿Cómo se realiza el embargo de cuenta bancaria por orden judicial?
Al acabar el procedimiento de ejecución, el deudor debe de pagar, pero si se niega o no se puede, el Juzgado o el Tribunal no tiene otra opción que embargar al deudor.
Según el orden jurisdiccional en el que estemos, el embargo se puede hacer de oficio por el Tribunal o voluntariamente por el deudor.
Un embargo es muy fácil de llevar a cabo: El Tribunal o Juzgado, solo tiene que remitir la orden de embargo en todos los bancos del territorio nacional.
En la orden vendrá reflejada la cantidad que se tiene que embargar.
Al encuentrar alguna cuenta corriente con dinero del deudor, el banco tendrá que embargar al llegarle la orden, la cantidad que el Juzgado o Tribunal ha decidido.
Tiene que efectuarse el mismo día que se da la orden de embargo, sin quedar embargada la cuenta para posteriores días.
¿Cuánto dura el embargo de una cuenta bancaria por Orden Judicial?
Tras emitirse la orden de embargo de una cuenta bancaria por orden judicial, es retenida la cantidad de la deuda.
En el caso en el que en la cuenta exista suficiente dinero para cubrir la totalidad de la deuda, el embargo desaparecerá en el momento que se haga efectivo el cobro.
Si no hay suficiente dinero o fondos, se embargara todo el saldo que existente en la cuenta bancaria.
Pero como queda una parte de la deuda, el embargo se mantendrá en el tiempo hasta cobrar la totalidad de dicha deuda.
Como es lógico el embargo de cuentas financieras no puede realizarse por un importe mayor del saldo que tiene.
Así la cuenta no puede quedarse en números rojos.
En los embargos por orden Judicial, se pueden realizar embargos periódicos. Siendo de una duración de 24 horas.
Dicho de otra manera, se puede ir haciéndo búsquedas de cuentas con saldo del deudor periódicamente.
Estas búsquedas se producen un día determinado.
Si se encontrase en el embargo una cuenta conjunta, el saldo a embargar no puede ser mayor al 50% del deudor.
Requerimiento de pago por Orden Judicial.
El juzgado no realiza la notificación de embargo, pero si notifica la resolución por la que acuerda el embargo.
En muchas ocasiones, el embargo de las cuentas del banco, se realiza antes del requerimiento de pago.
A continuación vamos a ver las formas de realizar el requerimiento de pago, ya sea a título judicial o no judicial.
Si es a título Judicial, se pedirá el dinero al deudor, mediante una resolución judicial, laudo arbitral, o por mediación.
Así no será necesario requerir de pago al deudor para ejecutar o tramitar el embargo.
Requerimiento de pago si no es por Orden Judicial
En cambio, se requerirá de pago al deudor la cantidad reclamada más los intereses, si no es por orden judicial.
Si en el momento de realizar el requerimiento el deudor no pagase,
Si se ha pedido el pago y el deudor no lo hace efectivo, el Juez puede embargar sus bienes por el valor de la deuda principal más los intereses y costas correspondientes.
El deudor no pagará al realizarse con al menos 10 días de antelación a la interposición de la demanda ejecutiva y exista constancia en acta notarial.
Si nos atenemos al orden penal el requerimiento se efectuará en todos los casos de manera personal, al responsable civil o a quien tenga que abonar la deuda que el Juzgado o Tribunal solicita.
¿Dónde se realiza el requerimiento de pago?
El requerimiento de pago se tiene que efectuar en el domicilio que conste en el título o requerimiento, por el cual se ha iniciado el procedimiento de ejecución.
Existe la posibilidad de que a petición del ejecutante, el requerimiento de pago se pueda hacer en cualquier lugar o domicilio, donde el deudor se pueda encontrar.t
Antes que el Tribunal o Juzgado pueda embargar una cuenta bancaria, se podría requerir el pago o no, según qué título ejecutivo haya iniciado el proceso de ejecución.
Pudiendo ser un título judicial o no judicial.
Podemos ver qué en el procedimiento penal, el embargo de una cuenta financiera por orden judicial se hace prácticamente de manera inmediata.
Un ejemplo es en la solicitud de una fianza para cubrir una posible sentencia condenatoria.
Así en este caso el acusado sólo dispone de un día para ingresar la cantidad fijada por el Tribunal, y si no se procederá al embargo.
Licenciado en Económicas en la Universidad de Castilla La Mancha, apasionado del Sistema Financiero y especializado en finanzas personales.
Redactor de Contenidos, nuestra vocación ayudarte.